ORDENANZA Nº017-2015 DE DEROGACION Y READJUDICACION DE TERRENO SRA MARIA DEL CARMEN PEREZ
Honorable Concejo Deliberante

VISTO:
La nota presentada por la ciudadana Maria del Carmen Pérez, DNI: 23.981.944, y
CONSIDERANDO:
Que en la misma la nombrada renuncia al terreno adjudicado por ORDENANZA N°030/2014 y solicita la posibilidad de que se le adjudique el terreno derogado a la Sra. Lorena Curruhinca.
Que el mismo se encuentra en el Sector 2 entre los domicilios de los Sres. DUALDE EDUARDO y ROSA RECHENE de ésta localidad con una superficie de 15,50 mts de frente a calle Rawson por 50 mts de fondo.-
Que ha sido tratado en el seno de este Honorable Concejo Deliberante y no habiendo objeciones se debe dictar el correspondiente instrumento legal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Deróguese la Ordenanza Nº 030/2014 a nombre de la Sra. Maria del Carmen Pérez.
ARTICULO 2°: Adjudíquese a nombre de la ciudadana Maria del Carmen Pérez, DNI: 23.981.944, un terreno ubicado en el Sector 2 entre los domicilios de los Sres. DUALDE EDUARDO y ROSA RECHENE de ésta localidad con una superficie de 15,50 mts de frente a calle Rawson por 50 mts de fondo.-
ARTICULO 3°: Suscríbase convenio de adjudicación y venta de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Tierras Fiscales del Ejido Municipal Local.
ARTICULO 4°: Dese cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Tierras Fiscales Del Ejido Municipal Local, ya que de existir anomalías se efectuara el registro de infracción y quedara inhabilitado de acceder terrenos fiscales en la localidad.
ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos al interesado, y cumplido archívese.-
ORDENANZA N°017/2015
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN SESIÓN ORDINARIA A LOS 19 DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2014. REGISTRADO BAJO ACTA N°004/2015.
