ORDENANZA N°021-2009 PROHIBICIÓN ADJUDICACION DE TERRENO MANZANZA 10
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La decisión tomada por los dos bloques del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que el problema de la calle Sarmiento es subsanable en el tiempo a través de la obra de drenaje, y que los terrenos en la Manzana 10 del Sector 1 lotes C y C1, Parcelas 4 y 5 cuasi parcelas 10 y 11 se encuentran con gran humedad.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI, Nro 46 sanciona la presente.-
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- PROHIBIR todo tipo de adjudicación de tierras para cualquier tipo de construcción y sin excepción en la manzana 10, Sector 1, Lotes C y C1, Parcela 4 y5, Causi parcelas 10 y 11 sobre las calle Sarmiento y Chubut.-
Artículo 2º.- La mencionada prohibición queda sin efecto el día siguiente a la culminación de la Obra denominada, Drenaje de la Calle Sarmiento.-
Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archivase.-
POR LO TANTO: El Intendente de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le son propias Promulga la presente Ordenanza registrada bajo Nro 21/09
