ORDENANZA N°033-2009 REDUCCIÓN DE MODULOS DE ANIMALES SUELTOS
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La Ordenanza, Nro 27/99, y la frecuencia en la que animales equinos sueltos en la vía pública son trasladado por personal policial, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza mencionada en su Art. 2º fija una multa a abonar ante el municipio por parte de los propietarios que dejen animales sueltos en la vía pública de acuerdo a escalas, resultando 4 ( cuatro ) módulos por equinos sueltos en la vía pública,
Que este conlleva a que los propietarios deben abonar la suma de $ 80 por cada animal,
Que se debería tener en cuenta la situación socioeconómica que se vive en estos tiempos y principalmente cada propietario,
Que al cobro de altos aranceles no soluciona el problema en cuestión,
Que deberíamos buscar una solución en conjunto para un mejor bienestar de la localidad.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nro 46, sanciona la presente.-
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Deróguese el Artículo 2º de la Ordenanza 27/99,
Artículo 2º.- Fíjese la multa a abonar ante el Municipio por parte de los propietarios o responsables que dejen animales sueltos en la vía pública, de acuerdo a lo siguiente escala:
* Bovinos y Equinos 2 ( dos ) Módulos
* Ovinos y Caprinos 1 ( un ) Módulo
* Porcinos 2 ( dos ) Módulos
Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese al Ejecutivo Municipal, Cumplido Archivase.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le son propias Promulga la presente Ordenanza registrada bajo Nro 33/09.-
