ORDENANZA N°033-2009 REDUCCIÓN DE MODULOS DE ANIMALES SUELTOS

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

         La Ordenanza, Nro 27/99, y la frecuencia en la que animales equinos sueltos en la vía pública son trasladado por personal policial, y

CONSIDERANDO:

         Que la Ordenanza mencionada en su Art. 2º fija una multa a abonar ante el municipio por parte de los propietarios que dejen animales sueltos en la vía pública de acuerdo a escalas, resultando 4 ( cuatro ) módulos por equinos sueltos en la vía pública,

          Que este conlleva a que los propietarios deben abonar la suma de $ 80 por cada animal,

          Que se debería tener en cuenta la situación socioeconómica que se vive en estos tiempos y principalmente cada propietario,

          Que al cobro de altos aranceles no soluciona el problema en cuestión,

          Que deberíamos buscar una solución en conjunto para un mejor bienestar de la localidad.-

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nro 46, sanciona la presente.-

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Deróguese el Artículo 2º de la Ordenanza 27/99, 

Artículo 2º.- Fíjese la multa a abonar ante el Municipio por parte de los propietarios o responsables que dejen animales sueltos en la vía pública, de acuerdo a lo siguiente escala:

* Bovinos y Equinos                                                2 ( dos ) Módulos

* Ovinos y Caprinos                                                 1 ( un )  Módulo

* Porcinos                                                                 2 ( dos ) Módulos

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese al Ejecutivo Municipal, Cumplido Archivase.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le son propias Promulga la presente Ordenanza registrada bajo Nro 33/09.-

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