ORDENANZA N°018-2006 DONACIÓN DE TIERRA PARTE LOTE 40 A LA POLICIA

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 18

VISTO:

        La Nota Nro 169/06 Municipalidad de José de San Martín y adjunto Nro 310/6 U.R.E., precedente de la Unidad Regional de Policía Esquel, y

CONSIDERANDO:

        Que mediante la Nota precitada y en representación de la Institución se solicita la cesión definitiva a favor de Policía de las tierras oportunamente cedidas mediante Resolución 9/72 Municipalidad de José de San Martín, ratificadas con similar Nro 30/92 Honorable Concejo Deliberante y ubicadas en parte del Lote 40 del ejido Municipal local,

        Que teniendo en cuenta el tiempo de ocupación de referidas tierras por parte de Policía Provincial como lugar  destinado al pastoreo de animales equinos de la Institución, y el emprendimiento que en la actualidad se intenta desarrollar en el lugar, destinado “Remonta y Veterinaria”, no existen objeciones por parte de este Cuerpo Legislativo Municipal en ratificar dicha cesión.-

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín en uso de sus facultades, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Otorgar en Donación con carácter definitivo a la Jefatura de Policía de la Provincia del Chubut – Comisaría Distrito José de San Martín, una fracción de tierras situadas en parte del Lote 40 del Ejido Municipal local cuya ocupación efectúa desde hace más de treinta años a la fecha conforme Resolución 9/72 Municipalidad de José de San Martín y similar 30/92 Honorable Concejo Deliberante.-

Artículo 2º.- La cesión acordada en el artículo precedente refiérase a las tierras que efectivamente ocupó y ocupa en la actualidad, las que se encuentran debidamente circundadas por el alambrado perimetral que las rodea, y cuya superficie definitiva surgirá del resultado que arroje la mensura a realizar por la Institución, con cargo y a cuenta de la misma para la gestión del Título de propiedad a su favor.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y demás efectos y cumplido archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 28 del mes de Septiembre del año dos mil seis.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades que le son propias Promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 18/06.-

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