ORDENANZA N°027-2006 DESCUENTO DE 30 % TASAS CONTRIBUTIVAS 07
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 27
VISTO:
La necesidad de favorecer la Recaudación Tributaria Municipal durante el periodo 2.007, y
CONSIDERANDO:
Que con tal fin, se debe procurar crear un estimulo e incentivar a aquellos contribuyentes que de manera temprana anualmente concurren a abonar sus compromisos ante el Municipio local,
Que dicho beneficio debe ser dirigido de manera especial a quienes se destacan por cumplir año tras año con sus obligaciones impositivas sin mantener deudas,
Que igualmente se debe procurar crear una conciencia tributaria para quienes adeudan impuestos atrasados, con el objeto de disminuir el índice de morosidad,
Que es necesario legislar al respecto.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades legales sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Aplicar un 30 % de descuento a todo contribuyente de este Municipio, que estando al día abone por adelantado la totalidad del Impuesto Inmobiliario y Tasas de Servicios; Tasas de Comercio y Patentamiento Automotor correspondiente al año 2.007.-
Artículo 2º.- Para ser beneficiario con el descuento indicado presentemente, el pago deberá realizarse con anterioridad al 28/02/07 inclusive.-
Artículo 3º.- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir forma de pago y plazos por cancelación de deudas atrasadas anteriores al año 2.007.-
Artículo 4º.- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar descuentos de interés y/u otros en hasta un porcentaje que no supere el indicado en el Artículo 1º) de la presente a todo contribuyente que adeude obligaciones Tributarias al Municipio y desee cancelar las mismas en un solo pago y en efectivo dentro del termino fijado en el artículo 2º) de la presente.-
Artículo 5º.- Derogase toda otra disposición que se oponga a la presente.-
Artículo 6º.- Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
Artículo 7º.- Regístrese, comuníquese, dese a difusión y cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 14 del mes de Diciembre del año dos mil seis.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades que le son propias promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 27/06.-
