ORDENANZA N°29-2004 AUTORIZAR AL EJECUTIVO A CEDER AL I.P.V. PARCELAS MZANA 33

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 29

VISTO:

          Nota Nro 187/04 Municipalidad de José de San Martín, y

CONSIDERANDO:

          Que a través de la misma el Departamento Ejecutivo Municipal solicita se evalúe la posibilidad de ceder al IPVDU de la Provincia las parcelas correlativas desde la Nro 1 al 16 inclusive de la Manzana 33 del Sector 1 de esta localidad y debidamente mensurados,

           Que tal medida se fundamenta en la necesidad de ser destinadas al uso exclusivo del Programa Nacional de Emergencia Habitacional y sujeto a lo normado en el Reglamento del Régimen de la Tierra Fiscal, Municipal,

           Que habiéndose dada tratamiento en el seno de este Cuerpo, no existen objeciones al respecto.-

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de las facultades que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia del Chubut, las Parcelas Nro 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 ,12, 13, 14, 15 y 16 de la Manzana Nro 33 del Sector 1 de esta localidad de José de San Martín, las cuales se encuentran debidamente mensuradas.-

Artículo 2º.- La gestión de los terrenos citados en el artículo precedente, deberá efectuarse para uso exclusivo del Programa Nacional de Emergencia Habitacional.-

Artículo 3º.- En caso de observarse lo dispuesto en el artículo 2 de la presente será aplicable lo establecido en los artículos 10ª y 12ª del Reglamento del Régimen de la Tierra Fiscal de la Municipalidad de José de San Martín.-

Artículo 4º.- Comuníquese, Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y demás efectos y cumplido archivase.-

Artículo 5º.- De Forma

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 07 de Octubre el año dos mil cuatro.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades, promulga la presente Ordenanza bajo el Nro 29/04.-

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