ORDENANZA N°22-1994-RECONOCIMIENTO CONCEJO MUNICIPAL DEL DEPORTE

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 22/94

VISTO:

         La instrumentación del Plan Deportivo Provincial, lanzado para el presente año, del cual parte los distintos Municipios de la Provincia, y

CONSIDERANDO:

         Que el citado, ha sido implementado por la Dirección de Deportes y Turismo Social de la Provincia, entendiéndose que la actividad deportiva es una de las bases para el desarrollo integral y solidario de una Comunidad,

          Que este Plan Deportivo, prevé la creación de los Concejos Municipales de Deportes y Recreación, quienes serán los encargados de generar planes, fomentar y promover la organización y constitución de entidades deportivas y sus actividades y demás funciones consecuentes,

           Que al respecto, resulta necesario, proceder a la creación del Concejo Municipal de Deportes y Recreación de esta localidad, a fin de permitir encuadrar al mismo, dentro del Plan Deportivo Provincial.-

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Crease y otórguese el reconocimiento, al Concejo Municipal de Deportes y Recreación de José de San Martín, el cual estará integrado por las siguientes personas:

PRESIDENTE:                  RAUL NAHUEL

SECRETARIO:                 JULIETA CONTRERAS

TESORERO:                     JORGE VARGAS

VOCALES:                        PATRICIO MAURO

                                            HAYDEE MONTESERIN

                                            ALEJANDRO VINA

                                            CESAR GIMENEZ

                                            RICARDO CURIN

Artículo 2º.- El Concejo Municipal de Deportes y Recreación, será el encargado de promover, organizar y fiscalizar las actividades deportivas y recreativas de la localidad, en forma conjunta con el área correspondiente del Municipio.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, cumplido Archivase.-

                    Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 07 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cuatro.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 22/94.- 

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