ORDENANZA N°41-1994-CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y SEGUNDO DUALDE

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 41/94

VISTO:

         El Convenio suscripto entre el Municipio de José de San Martín, a través de su Intendente Don Nelson Fabián Urrutia y el Sr. Segundo Manuel Duhalde  D.N.I. Nº 14.311.963, y

CONSIDERANDO:

          Que el mismo se suscribe con la finalidad de ceder y transferir al Sr. Segundo Manuel Duhalde, el dominio de las mejoras situadas en el SOLAR B, de la Manzana Nro. 66 y que se compone de una vivienda construida por este Municipio, mediante la Operatoria 005 ( Erradicación de viviendas precarias ),

           Que asimismo se dejan estipuladas demás cláusulas, que hacen al compromiso asumido por las partes de conformidad, 

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Apruébese y ratifíquese en todos sus términos, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de José de San Martín y el Sr. Segundo Manuel Duhalde.-

Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 23 días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro. 41/94.-

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