ORDENANZA N°41-1994-CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y SEGUNDO DUALDE
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 41/94
VISTO:
El Convenio suscripto entre el Municipio de José de San Martín, a través de su Intendente Don Nelson Fabián Urrutia y el Sr. Segundo Manuel Duhalde D.N.I. Nº 14.311.963, y
CONSIDERANDO:
Que el mismo se suscribe con la finalidad de ceder y transferir al Sr. Segundo Manuel Duhalde, el dominio de las mejoras situadas en el SOLAR B, de la Manzana Nro. 66 y que se compone de una vivienda construida por este Municipio, mediante la Operatoria 005 ( Erradicación de viviendas precarias ),
Que asimismo se dejan estipuladas demás cláusulas, que hacen al compromiso asumido por las partes de conformidad,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese y ratifíquese en todos sus términos, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de José de San Martín y el Sr. Segundo Manuel Duhalde.-
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 23 días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro. 41/94.-
