ORDENANZA N°42-1994-OBLIGACIÓN DEL ABONO MENSUAL CANAL 6 T.V.
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 42/94
VISTO:
El Acta Nº 01 celebrado el día 19 de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, resultado de la reunión comunitaria de carácter informativo, relacionado de las actividades y necesidades del Canal 6 T.V. “Soberanía Nacional”, y
CONSIDERANDO:
Que de la misma surgió la necesidad de crear la obligatoriedad del abono mensual del usuario en general y de la Entidad Públicas,
Que esta decisión tomada por la Asamblea se corresponde con la real necesidad de la Comisión para su normal funcionamiento,
Que tal como se dejó estipulado en la Asamblea al ser emitida esta señal en forma abierta posibilita que toda la comunidad pueda acceder a la misma y que en consecuencia resulte justo y necesario que todos realicen sus aportes mediante el pago del abono mensual,
Por todo lo expuesto es conveniente crear la obligatoriedad para el pago de dicha cuota.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Ratificase en todos sus términos el contenido del Acta Nº 01, referente a la Asamblea Pública convocada por la Comisión Administradora de Canal 6 T.V. “Soberanía Nacional”.-
Artículo 2º.- Crease la obligatoriedad del abono mensual del usuario en general y de la Entidad Pública.-
Artículo 3º.- Comuníquese, Regístrese y Cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 23 días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, Promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 42/94.-
