ORDENANZA N°10-1991-PEDIDO DE LICENCIA POR EL INTENDENTE MUNICIPAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 10/91
VISTO:
El pedido de licencia por razones de salud, presentada por el Sr. Intendente Municipal, DNH Juan Manuel Díaz, y
CONSIDERANDO:
Que la citada solicitud, prevé una ausencia mayor de Diez (10), días,
Que en consecuencia, el Departamento Ejecutivo Municipal, debe quedar a cargo del Concejal primero, hasta tanto se produzca el reintegro de su titular,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades legales, que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Otorgase licencia al Sr. Intendente Municipal, Don Juan Manuel Díaz, a partir del día 08-05-/91, y hasta el día 27-05-91 inclusive, de acuerdo a las razones expuestas en la nota de solicitud.-
Artículo 2º.- Facultase en concordancia a lo estipulado por la Ley 3098 de Corporaciones Municipales, al concejal y Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Don Juan Bautista Baigorria, a ejercer la Intendencia, durante el lapso comprendido entre el 08-05-/91 al 27-05-91 inclusive, con las atribuciones y deberes respectivos.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 06 días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y uno.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones promulga la presente ordenanza, registrada bajo el Nº 10/91.-
