ORDENANZA N°10-1991-PEDIDO DE LICENCIA POR EL INTENDENTE MUNICIPAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 10/91

VISTO:

         El pedido de licencia por razones de salud, presentada por el Sr. Intendente Municipal, DNH Juan Manuel Díaz, y

CONSIDERANDO:

         Que la citada solicitud, prevé una ausencia mayor de Diez (10), días,

         Que en consecuencia, el Departamento Ejecutivo Municipal, debe quedar a cargo del Concejal primero, hasta tanto se produzca el reintegro de su titular,

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades legales, que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Otorgase licencia al Sr. Intendente Municipal, Don Juan Manuel Díaz, a partir del día 08-05-/91, y hasta el día 27-05-91 inclusive, de acuerdo a las razones expuestas en la nota de solicitud.-

Artículo 2º.- Facultase en concordancia a lo estipulado por la Ley 3098 de Corporaciones Municipales, al concejal y Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Don Juan Bautista Baigorria, a ejercer la Intendencia, durante el lapso comprendido entre el 08-05-/91 al 27-05-91 inclusive, con las atribuciones y deberes respectivos.-

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 06 días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y uno.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones promulga la presente ordenanza, registrada bajo el Nº 10/91.-

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