ORDENANZA N°17-1991-INCREMENTO SALARIAL A TODO EL PERSONAL MUNICIPAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 17/91

VISTO:

         La Propuesta de Incremento Salariales, Formulada por el Departamento Ejecutivo Municipal, para todo el Personal Dependiente del Municipio, y

CONSIDERANDO:

          Que la misma se condice con la propuesta efectuada por el Gobierno Provincial para la Administración Pública, fijando un Mínimo para la Categoría más baja,

          Que habiéndose efectuados los cálculos correspondientes, esta propuesta no alteraría los cálculos presupuestarios vigentes para el presente ejercicio, 

           Que compartiendo la intención de ir recomponiendo en forma paulatina el Salario del Personal Municipal, sin dejar de considerar la incidencia para con la clase pasiva municipal, no existe impedimento alguno para acceder al mismo.

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales sanciona la presente.

ORDENANZA

Artículo 1º.- Otorgase un Incremento Salarial al Sueldo Básico de la Categoría Nº 1 del Personal Municipal, a partir del 01-07-91, del 27,8 %, con aplicación del Coeficiente para las demás Categorías.

Artículo 2º.- Abónese a la Categoría Nº 1 del Personal Municipal, una Suma Fija de A 735.955.- ( Australes Setecientos treinta y cinco mil novecientos cincuenta y cinco ), con aplicación del Coeficiente para las demás Categorías, la que se agregará a la ya fijada en planilla.

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 26 días de Julio de mil novecientos noventa y uno.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente ordenanza, registrada bajo el Número 17/91.-  

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