ORDENANZA N°36-1990-PEDIDO DE LICENCIA INTENDENTE MUNICIPAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 36/90

VISTO:

         El pedido de licencia presentado por el Sr. Intendente Municipal, y

CONSIDERANDO:

         Que la mencionada licencia, solicitada en virtud de motivos particulares, prevé una ausencia de Díez días,

         Que por tal motivo el Departamento Ejecutivo Municipal, debe quedar a cargo del Concejal primero,

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Otorgase la licencia solicitada, al Sr. Intendente Municipal de José de San Martín, Dn. Juan Manuel Díaz, a partir del día 29-12-90 y hasta el día 14-01-91 inclusive.-

Artículo 2º.- Facultase en concordancia a lo dispuesto por el Artículo 12, de la Ley 3098, al presidente del Honorable Concejo Deliberante, Concejal Juan Bautista Baigorria, a ejercer la Intendencia, durante el lapso comprendido entre el 29-12-90 al 14-01-91, inclusive con las atribuciones y deberes respectivos.-

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, cumplido archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 21 días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las atribuciones que le confiere la ley 3098, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el número 36/90.-

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