ORDENANZA N°05-1988-TASACIÓN DE TERRENOS FISCALES
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 05/88
VISTO:
Que en la localidad hay una gran cantidad de viviendas construidas sobre terrenos fiscales, lo que hace necesario dar un valor para su tasación y venta, y
CONSIDERANDO:
Que se debe un monto por metro cuadrados, (m2)
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades que le otorga la Ley Nº 55, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Fijase el valor del m2 de tierra fiscal, en la localidad de José de San Martín, para la zona “A”, delimitada por las calles Chubut, Urquiza, Chile y Belgrano en australes cinco con diez centavos (A 5,10); para la zona “B”, que comprende al resto del Ejido Urbano en Australes Cuatro con diez centavos, (A 4,10).-
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 15 días del mes de Marzo del mil novecientos ochenta y ocho.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 55, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 05/88.-
