ORDENANZA N°02-2011-INFORME DE INFRESO Y EGRESO MUNICIPALES

Honorable Concejo Deliberante

 VISTO Y CONSIDERANDO:

La necesidad de transparentar las gestiones de nuestra Municipalidad, que teniendo como fin vigilar los recursos de la misma.-

Que es necesario crear las herramientas, para un mejor control de las arcas municipales.-

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le otorga la Ley XVI Nº 46 sanciona con fuerza de 

ORDENANZA

Articulo 1º: El D.E.M deberá elevar el informe de Ingreso y egreso anexado de un inventario patrimonio de bienes de la municipalidad, informe detallado de la deuda publica municipal con nomina de acreedores de la municipalidad de José de San Martín, al Concejo deliberante, en forma anual

Articulo 2º: El periodo de Presentación de Informe de Ingreso y egreso, anexado de un inventario patrimonial de bienes de la municipalidad, informe detallado de la deuda publica municipal con nomina de acreedores será en el mes de Marzo posterior  al cierre  del ejercicio anterior.-

Articulo 3º: El indicado informe de Ingreso y Egreso, deberá detallar los ingresos y gasto de dinero de la municipalidad. Dicho ítems deberán especificar de donde provinieron los ingresos y en que se ejecutaron.-

Articulo 4º: El informe de Ingreso y Egreso deberá ir anexado de un inventario patrimonial de bienes de la municipalidad, informe detallado de la deuda publica municipal con nomina de acreedores.-

Articulo 5º: Evidenciándose fehaciente, datos falsos o manipulados en citados informes por parte del D.E.M, será pasible de sanciones por parte del Concejo Deliberante.-

Articulo 6º: El cumplimiento total o parcial de la presente Ordenanza será, pasible de sanciones por parte del Concejo Deliberante.-

Articulo 7º: Regístrese, Comuníquese, envíese al ejecutivo para su promulgación y cumplido Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JOSÉ DE SAN MARTÍN A LOS 25 DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2011, REGISTRADO BAJO ORDENANZA Nº 02/11, ACTA Nº 09/11 HCD-JSM.-

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