DECLARACION N°007-2016 ADHESION HCD ESQUEL

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

        La Declaración Nº 010/2016 procedente del Honorable Concejo Deliberante de Esquel, y                                     

CONSIDERANDO:

    Que entre los objetivos de la mencionada Ley, se establece el de fortalecer y jerarquizar institucionalmente a los Concejos Deliberantes.- 

     Que promueve la capacitación y formación de los Concejos en ejercicio o electos, y del personal que se desempeña en los Departamentos Legislativos de cada Municipio, lo cual es una tarea a cargo del Concejo Federal de Legisladores Comunales.- 

     Que además con la aplicación de la Ley Nº 26.874 se pueden implementar acciones conjuntos para la actualización y modernización de los Concejos Deliberantes, tendientes a desarrollar una tarea más eficiente, permitiendo una mayor operatividad y celeridad de la labor legislativa local.- 

     Que todas estas acciones, previstas en la ley, son de grandes beneficios, principalmente para los Municipios de pequeñas localidades, el cual no cuentan con los recursos o profesionales necesarios para capacitar y asesorar a los cuerpos legislativos.- 

     Que dicha ley prevé la creación de Foros Provinciales de Concejos Deliberantes, que serán los encargados de coordinar con el Concejo Federal de Legisladores Comunales las convocatorias y la realización de actividades que el mismo ofrezca, en función de las finalidades, objetivos y acciones que se consideren pertinentes concretar; siendo además los foros de Concejales, un espacio apropiado para el intercambio de experiencias, lo cual tiende a mejorar la calidad de la gestión legislativa en cada Municipio.- 

     Que el Art. 12 de la Ley 26.874 establece: “Invitase a las Legislaturas y Gobiernos Provinciales a sancionar leyes de adhesión y disponer las medidas gubernamentales conducentes a promover en sus respectivas jurisdicciones, el funcionamiento de los foros provinciales de Concejos Deliberantes u órganos legislativos comunales y el reconocimiento del Concejo Federal de Legisladores Comunales de la Republica Argentina con el objetivo de contribuir a fortalecer el quehacer de las administraciones municipales y favorecer el desarrollo local.- 

     Que la Provincia del Chubut aún no ha adherido a la Ley Nacional Nº 26.874.- 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JO LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI Nº 46, SANCIONA CON FUERZA DE 

DECLARACIÓN

Articulo 1º.- °: Adhiérase El Honorable Concejo deliberante de la Localidad de José de San Martín a la Declaración N°010/2016  en todos sus términos del HCD de Esquel-Chubut.-

Articulo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese y cumplido archivase.-

DECLARACIÓN Nº007/2016 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN SESION ORDINARIA DEL DIA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016. REGISTRADA BAJO EL LIBRO ACTA N°023/2016 HCD.-  

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