RESOLUCION – LICENCIA – CONCEJAL – ADRIAN MONSALVO – 2013
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La nota remitida por el Concejal Titular del MODELO CHUBUT Sr. Monsalvo Héctor Adrián, DNI N° 30.578.213, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita a través de la presidencia de este Honorable Concejo Deliberante a todos los miembros que componen este cuerpo Deliberativo, se le conceda licencia sin percepción de remuneración en los términos del Articulo 60- punto 8 de la Ley XVI- N° 46 (antes 3090) en vigencia.-
Que argumenta para el caso la necesidad de radicarse hasta el 25 de ABRIL de 2013 en la cuidad de Rawson, Provincia del Chubut.-
Que tal situación obedece a que el citado Concejal se encuentra cursando la Carrera de Enfermería Profesional en la Universidad de Chubut, por lo que resulta obligatoria su concurrencia a la alta casa de estudio.
Que en tal sentido este Honorable Concejo Deliberante no puede permanecer ajeno a este requerimiento máxime, cuando se trata de Educación ya que resulta ser uno de los pilares básicos para lo cual fue constituido el Estado.-
Que el tiempo de licencia requerida es mientras dure su permanencia al frente de la citada Secretaria que compone el Departamento Ejecutivo Municipal.-
Que antes el requerimiento efectuado, es este Honorable Cuerpo el que decide autorizar licencias a los concejales con causas justificadas, conforme a la Ley XVI -N° 46, Articulo 60-Punto 8.-
Que este Honorable Concejo Deliberante entiende que la causa invocada por el Concejal requirente resulta justificada para los fines solicitados y que no existe impedimento legal alguno.-
Que debe dictarse el correspondiente instrumento legal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EN USO DE LA FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI-N° 46 SANCIONA LA PRESENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1°: Conceder al concejal Titular MODELO CHUBUT, Héctor Adrián Monsalvo DNI N° 30.578.213, licencia sin percepción de remuneración desde el 25 de Febrero de 2013 hasta el 25 de Abril de 2013, conforme los considerando que anteceden.-
ARTICULO 2°: Ante la vacancia producida convóquese al Concejal Suplente que siguen en el orden y conforme a Resolución del Tribunal Electoral, a los efectos de que asuma la banca correspondiente previo juramento de Ley.-
ARTICULO 3°: Dese conocimiento de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, Tesorería a los fines de los gastos de representación respectiva.-
ARTICULO 4°: Notifíquese al interesado, regístrese y cumplido archívese.-
RESOLUCION N° 003/2013
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS 28 DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2012, Y REGISTRADA BAJO ACTA N° 001/2013.
