RESOLUCION – ESTABLECER SANCION POR INASISTENCIA A LOS CONCEJALES – 1997
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
Las faldas reiteradas e injustificadas a las Sesiones de los Sres. Concejales, y
CONSIDERANDO:
Las necesidades de anexar al reglamento interno, en forma discriminada, los distintos tipos de sanciones.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098.-
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Establecer como sanción previa a las establecidas en el artículo 5to. Del Reglamento Interno, el descuento proporcional por inasistencia.-
Artículo 2º.- El Concejal sancionado depositará el proporcional de las inasistencias en la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante.-
Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese y cumplido Archivase.-
JOSE DE SAN MARTIN, CH. Agosto 25 de 1.997.-
RESOLUCION NRO 001/97 H.C.D.-
