RESOLUCION – AUTORIZAR RETIRAR DINERO PARA PAGAR PERSONAL – 1993
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
El pedido de autorización formulado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el mismo, se refiere al retiro momentáneo de fondos de la Cuenta Nro 500002/1, Rentas Generales, con destino a financiar la prosecución de la obra “10 Viviendas Obra Delegada”, hasta tonto se recepcionen las partidas por dicha obra, contra la Certificación correspondiente,
Que asimismo, efectúa el pedido para efectuar el retiro momentáneo hasta tanto sea trasferido al Municipio el Subsidio correspondiente, de una partida para cubrir pago de Personal del Albergue Municipal,
Que a los fines de no entorpecer el normal ritmo que viene teniendo la obra de viviendas, como así también efectuar los pagos correspondientes al funcionamiento del Albergue Estudiantil, resulta necesario acceder al requerimiento formulado, reintegrándose estas partidas una vez decepcionadas a la Cuenta correspondiente.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades, que le confiere la Ley 3098.-
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a retirar de la Cuenta Nro. 500002/1, Rentas Generales, la suma de PESOS VEINTE MIL, ( $ 20.000,00 ), con destino a la Obra “10 Viviendas Obras Delegadas” hasta tanto se reciba la partida correspondiente.-
Artículo 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a retirar de la Cuenta Nro 500002/1, Rentas Generales, la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS TRECE, ( $ 2.913,40 ), CON CUARENTA CENTAVOS, con destino a cubrir gastos de Personal y de funcionamiento del albergue Municipal, hasta tanto se recepcionan el Subsidio correspondiente.-
Artículo 3º.- Una vez decepcionados los montos asignados, las partidas autorizadas por la presente, deberán ser reintegradas a la Cuenta Nro 500002/1, Rentas Generales.-
Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese, cumplido Archivase.-
JOSE DE SAN MARTIN, CH. Julio 07 de 1.993.-
RESOLUCION NRO 24/93 H.C.D.-
