RESOLUCION – CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y ANTIMILLA – 1989
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nro 029/89, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, a firmar Convenios de Adjudicación y Venta de Viviendas, construidas por la Operatoria 005 – Erradicación de viviendas precarias, y
CONSIDERACION:
Que al no haber impedimento alguno, corresponde al Honorable Concejo Deliberante, ratificar el mismo.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales.-
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificase en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Municipalidad de José de San Martín, a través de su Intendente, y el sr. Francisco ANTIMILLA, L.E. Nro 7.331.124, referente a la adjudicación y Venta de una vivienda, ubicada en el SOLAR – C, LOTE C -1, Manzana Nro 30, de acuerdo a las cláusulas y condiciones establecidas en el Convenio de referencia.-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, cumplido Archivase.-
JOSE DE SAN MARTIN, CH. Agosto 08 de 1989.-
RESOLUCION NRO 016/89 H.C.D.-
