RESOLUCION – CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y ANTIMILLA – 1989

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

         La Ordenanza Municipal Nro 029/89, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, a firmar Convenios de Adjudicación y Venta de Viviendas, construidas por la Operatoria 005 – Erradicación de viviendas precarias, y

CONSIDERACION:

         Que al no haber impedimento alguno, corresponde al Honorable Concejo Deliberante, ratificar el mismo.-

POR ELLO:

         El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales.-

R E S U E L V E

Artículo 1º.- Ratificase en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Municipalidad de José de San Martín, a través de su Intendente, y el sr. Francisco ANTIMILLA, L.E. Nro 7.331.124, referente a la adjudicación y Venta de una vivienda, ubicada en el SOLAR – C, LOTE C -1, Manzana Nro 30, de acuerdo a las cláusulas y condiciones establecidas en el Convenio de referencia.-

Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, cumplido Archivase.-

JOSE DE SAN MARTIN, CH. Agosto 08 de 1989.-

RESOLUCION NRO 016/89 H.C.D.-

Scroll al inicio