ORDENANZA N°030-2016 DE CREACION DE LA INPECTORIA GENERAL MUNICIPAL

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

           El proyecto de Ordenanza presentado por la MJSM referente a la creación de la Inspectoría General Municipal dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, y  

CONSIDERANDO:

           Que para ello resulta imprescindible establecer las funciones de la Inspectoría General.

           Que la mencionada incorporación facilitara el ejercicio del Poder de Policía asignado al Departamento Ejecutivo Municipal.

           Que a los efectos de alcanzar la paz social resulta indispensable deslindar aquellos vecinos que cumplen con las normas democráticas vigentes de aquellas que no las cumplan.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Crease la Inspectoría General Municipal de José de San Martin, dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTICULO 2°: la inspectoría General Municipal se encontrara a cargo del funcionario que designe para tal efecto el Departamento Ejecutivo Municipal, el cual deberá efectivizar las directivas que de este emanen.

ARTICULO 3°: La modalidad de cobro del Inspector General Municipal  estará encuadrado en la Categoría N°1 del Escalafón Municipal, el cual solo podrá incrementarse previa autorización del HCD.

ARTICULO 4°: El Inspector General Municipal tendrá a su cargo el control de cumplimiento de la totalidad de la normativa vigente en la Municipalidad de José de San Martin.

ARTICULO 5°: El Inspector General Municipal cumplirá sus funciones en horarios y días que sus tareas le exijan.

ARTICULO 6°: En el marco de sus funciones, El Inspector General Municipal podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública y debiendo dejar constancia en un libro de actas todos sus procedimientos.

ARTICULO 7°: En el caso de descubrir la comisión de una infracción, El Inspector General Municipal deberá labrar un acta dejando constancia de la misma, por triplicado, debiendo entregar una copia al infractor, y otra elevara a la Asesoría Legal Municipal a cargo de la Justicia de Faltas.

ARTICULO 8°: Regístrese, comuníquese al DEM, y cumplido Archívese.

ORDENANZA N°030/2016

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTÍN, A LOS  07 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2016. REGISTRADA BAJO ACTA N°005/2016

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