ORDENANZA Nº 093-2016 LICITACIÓN PUBLICA SR. ALBERTO LINCAN

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

     La Ordenanza  N°031 /2013, el Reglamento de Tierras Fiscales del Ejido Municipal Local, y

CONDIDERANDO:

     Que el día 20 de Septiembre de 2016 se llevó a cabo la apertura de sobres correspondiente a la Licitación publica de terrenos N°3.

     Que basándose en el Reglamento de Tierras Fiscales Nº 003/2012 y su anexo Nº 031/2013 se efectuó la evaluación de cada oferente por terreno preferencial y opcional como indicaba el valor de bases y condiciones donde hubo mas de un oferente por terreno. 

     Que el Sr. Alberto Lincan realizó  la presentación de documentación,  monto de oferta, y manifiesto de lote preferencial y alternativo.

     Que, manifestó junto a otro oferente su interés por el terreno ubicado  en la Manzana 13, Sector 1, Parcela 1, de 12 Mts de ancho por 19,60 Mts de largo totalizando una superficie aproximada de 235mts2, cuyo valor de base fue de $4.000, ofertando el nombrado la suma  total de $8.000, a abonar en seis (6) cuotas de $1333 (pesos mil trescientos treinta y tres)

     Que por resultar mejor oferente y presentando la documentación pertinente corresponde dictar el correspondiente instrumento legal. 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE  LA MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULATDES LEGALES QUE LE OTORGA LA LEY XVI N°46 SANCIONA LA PRESENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Adjudíquese a nombre del Sr. Alberto Lincan DNI: 20.236.364 el terreno ubicado  en la Manzana 13, Sector 1, Parcela 1, de 12Mts de ancho por 19,60Mts de fondo, totalizando una superficie aproximada de 235,20Mts2.- 

ARTICULO 2°: Suscríbase convenio de adjudicación y venta, según lo establecido en el Reglamento Anexo de Tierras Fiscales del Ejido Municipal Local registrado bajo Ordenanza N°031/2013 de la siguiente forma:

Monto de oferta por la superficie total del terreno: $8.000 a abonar a ABONAR en seis (6) cuotas de $1333 (pesos mil trescientos treinta y tres)

Al darse cumplimiento del pago total ofrecido sobre el terreno adjudicado el Departamento Contable de la Municipalidad de José de San Martín, fiscalizará el cumplimiento de los pagos y emitirá una Constancia de Libre deuda de Tierras Fiscales, al percibir el total del precio fijado para la venta, el original para el contribuyente y el duplicado para ser anexado al respectivo expediente.

ARTICULO 3°: El Adjudicatario asume la OBLIGACIÓN de edificar, dentro de los dos (2) años a partir de la fecha de la Resolución de Pre-Adjudicación. La obligación de edificar se considerará cumplida cuando la obra esté concluida. El incumplimiento de esta obligación tendrá consecuencia la perdida automática de los derechos sobre el lote.

La totalidad de las construcciones efectuadas serán fiscalizadas en su ejecución y/o finalización por la persona idónea asignada para tal fin.

ARTICULO 4°: Queda prohibida la cesión o transferencia total o parcial, a titulo oneroso o gratuito, de los derechos de pre-adjudicación y adjudicación sobre tierras fiscales. Cualquier acto a dicha prohibición será nulo de nulidad absoluta, e inhabilitará a las partes intervinientes por el plazo de diez (10) años para ser beneficiario de tierras fiscales, sin perjuicio de las demás consecuencias establecidas en la Ordenanza N°031/2013.-

ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos al interesado, y cumplido archívese.-

ORDENANZA N°093/2016

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD  DE JOSE DE SAN MARTIN, EN SESION ORDINARIA DEL DIA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016. REGISTRADA BAJO EL LIBRO DE ACTA Nº 022/2016.- 

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