Res. N° 001-2025 Obra Prioritaria Red de Gas

VISTO:

           La ley provincial de corporaciones municipales XVI N° 46 

CONSIDERANDO: 

           Que en nuestra localidad alrededor de 70 familias no cuentan con el servicio de gas natural.  

           Que este concejo viene acompañando a un grupo de vecinos en la iniciativa de gestionar la extensión de la red gas, servicio esencial.  

            Que dicha situación expone a un estado de vulnerabilidad a nuestros niños, jóvenes y adultos, que se encuentran expuestos a soportar los fríos de los inviernos en situaciones de adversidad, lo que repercute en distintos ámbitos como su salud y economía.  

             Que las manzanas 37, 36, 14, 44, 43, 42, 41, 40, 39, 38 y 45 del Sector 1, manzanas 

35, 36, 46, G, H del Sector 2, y Cuasimacizo D, son históricos barrios de nuestra localidad, que generación tras generación han visto postergados sus derechos al acceso a un servicio esencial como lo es el gas natural.  

              Que la población en su conjunto vive con angustia, dolor y temor esta postergación de derecho.  

               Que es necesario arbitrar políticas públicas que mitiguen la situación desfavorable de los vecinos afectados, mediante, el aporte de leña, gas envasado y gestión de tarifas eléctricas diferenciadas.  

               Que es voluntad de este cuerpo deliberativo apoyar todas las gestiones necesarias a fin de concretar las obras de extensión de la red de gas natural.  

POR ELLO: 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JOSÉ DE SAN MARTIN, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES QUE LE OTORGA LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE: 

DECLARACIÓN

ARTÍCULO 1°: DECLARAR obra prioritaria, la extensión de la red de gas por parte del Estado Municipal de la localidad de José de San Martín en las manzanas 14, 33, 34, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 71 y 72 del Sector 1, manzanas 35, 36, 46, G, H del Sector 2, y Cuasimacizo D.  

ARTÍCULO 2°: EXHORTAR al ejecutivo municipal para que amplíe la asistencia en plan calor a los vecinos sin servicio de gas natural.  

ARTÍCULO 3°: EXHORTAR al ejecutivo municipal para que gestione ante la Dirección de Servicios Públicos de la Provincia de Chubut una tarifa social diferenciada a favor de las familias residentes en las manzanas 14, 33, 34, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 

71 y 72 del Sector 1, manzanas 35, 36, 46, G, H del Sector 2, y Cuasimacizo D de la localidad de José de San Martín durante todo el año y hasta tanto se concrete la obra de ampliación de la red de gas. 

ARTICULO 4°: Elevar esta declaración al Sr. Gobernado de la provincia, Lic. Ignacio Torres, al Ministerio de Infraestructura, al Ministerio de Desarrollo Humano y a la Dirección de Servicios Públicos de la Provincia de Chubut.   

ARTICULO 5°: Regístrese, Comuníquese y Cumplido ARCHIVESE. –

DECLARACION Nº 001/2025

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS 29 DIAS DEL MES DE MAYO DE 2025. REGISTRADA COMO DECLARACIÓN Nº001/2025. CONSTA EN ACTA Nº 012/2025 DEL LIBRO DE SESIONES.

Fecha: 29/05/2025

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