DECLARACION N°02-1990-DECLARACIÓN DEL CONCEJO DE GOBERNADOR COSTA

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

         La Declaración Nro 02/99, emitida por el Honorable Concejo Deliberante de la localidad de Gobernador Costa, y

CONSIDERANDO:

         Que mediante la misma hacen conocer, la necesidad de contar a la brevedad, con una definición por parte de las autoridades provinciales, respecto a la ayuda que se brinda todos los años, a la gente de escasos recursos, en el denominado “Plan Calor”,

         Que habiéndose considerado en el Seno de este Cuerpo, no existe impedimento para adherir a la citada Declaración.-

POR ELLO:

         El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098.-

D E C L A R A

Artículo 1º.- Adherir en todos los términos a la Declaración Nro 02/99, del Honorable Concejo Deliberante, de la localidad de Gobernador Costa, referente, a hacer conocer su preocupación a las Autoridades de la Provincia respecto de cómo se habrá de solucionar, el aprovisionamiento de leña en el Denominado Plan Calor.-

Artículo 2º.- Enviar, copia de la presente, al Sr. Gobernador de la Provincia, al Sr. Ministro de Salud y Acción Social y Bloques de la Honorable Legislatura Provincial.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese, Cumplido Archivase.-

DECLARACIÓN NRO 002/99 H.C.D.

JOSE DE SAN MARTIN, CH. ABRIL 12 DE 1999.-

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