DECLARACION N°08-1996-AHDESION DECLARACION DE RIO PICO
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La declaración Nro 09/96 del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Río Pico, y
CONSIDERANDO:
Que existiría un Proyecto para modificar el art. 200 del Código Procesal Penal, en la Legislatura de la Provincia,
Que habiéndose considerado en el Seno de este Cuerpo, no existe impedimento para adherir a la misma.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098.-
D E C L A R A
Artículo 1º.- Adherir a la Declaración Nro 09/96, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Río Pico, en todos sus artículos.-
Artículo 2º.- Elévese copia de la presente a los distintos Bloques de la Honorable Legislatura provincial, al Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia y a los distintos Honorable Concejo Deliberante de la Zona cordillerana y al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento.-
DECLARACIÓN NRO 08/96.-
JOSE DE SAN MARTIN, CH. 27 DE MAYO DE 1996.-
