DECLARACION N°11-2009-ALAMBRADO DE UN PREDIO PARA LOS EQUINOS
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La frecuencia con la que Equinos deambulan dentro de la localidad, y
CONSIDERANDO:
Que propietarios de estos animales, se encuentran preocupados por el arancel a abonar por cada equino, que resulta detenido por parte de la fuerza pública,
Que estos propietarios preservan sus equinos como una herramienta de trabajo,
Que los animales sueltos representan un gran riesgo para todos,
Que debemos buscar una solución en conjunto, con el fin de evitar un problema mayor a habitantes de la localidad y propietarios.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley XVI Nro 46, sanciona la presente.-
D E C L A R A C I O N
Artículo 1º.- Veríamos con agrado que el Ejecutivo Municipal, administre los medios necesarios y disponga de la decisión de alambrar un predio, en las tierras disponibles con las que se cuenta dentro del ejido Municipal.-
Artículo 2º.- Deberá crearse un registro de animales equinos, con el objeto de determinar la cantidad de animales y sus respectivos propietarios.-
Artículo 3º.- Comuníquese, Regístrese, Cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 03 del mes de Diciembre del año 2.009, Registrada baja Nro 11/09 H.C.D.-
