DECLARACION N°17-1996-IMPUESTOS DE LAS FIESTAS REGIONALES
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La Declaración Nro 015/96, emitida por el Honorable Concejo Deliberante de el Maiten, y
CONSIDERANDO:
Que la misma se refiere al impuesto que deben abonar las Comisiones organizadoras de las Fiestas Regionales de cada localidad,
Que habiéndose considerado en el Seno de este Concejo Deliberante no existe impedimento para adherir a la citada norma.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098.-
D E C L A R A
Artículo 1º.- Adherirse el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, a la Declaración Nro 15/96 emitida por el Honorable Concejo Deliberante de el Maiten, de fecha 24 – 10 – 96.-
Artículo 2º.- Envíese copia de la presente a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y Concejos Deliberantes de la Provincia.-
Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y cumplido Archivase.-
DECLARACIÓN NRO 017/96.-
JOSE DE SAN MARTIN, CH. 04 DE NOVIEMBRE DE 1996.-
