DECLARACION N°27-2006-LEY 5504 REPUDIO TODO TIPO EMPRENDIMIENTO MINERO

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

          La Ley Provincial 5504, que determina la suspensión por el término de tres  (3) años toda actividad minera metalífera dentro de un amplio sector del Territorio Provincial, incluido el Departamento Tehuelches, y

CONSIDERANDO:

         Que tal medida fue recibida con cierto beneplácito por la mayoría de la población en las zonas contempladas en citada norma legal, por cuanto la misma tiende a evitar todo tipo de contaminación ambiental por la utilización de métodos y sustancias nocivas, contaminantes permanentes del sistema ecológico y causantes de daños irreparables para nuestro territorio donde se lleve a cabo la actividad minera sin los recaudos necesarios.

           Que el conocimiento que se tiene de la explotación minera metalífera, no solo en nuestro País sino también en el exterior, ha demostrado que los daños ecológicos producidos por no extremar los recaudos para evitarlos, anteponiendo intereses económicos de las empresas abocadas a la actividad y magros beneficios para el País, son incalculables  é irrecuperables.-

           Que resulta imposible interpretar como funcionarios de una comunidad, aduciendo el buen diálogo y distintas colaboraciones con Instituciones pretenden que el Gobierno Provincial conceda una excepción a la suspensión de la actividad minera metalífera, sin tener en cuenta el riesgo que ello acarrearía no solo en la actualidad, sino a futuras generaciones, si para el caso no se prioriza el cuidado de la ecología, y se deja de lado los intereses políticos de unos pocos en desmedro de la gran mayoría.-

            Que nuestra Patagonia se caracteriza por ser considerada una tierra casi virgen libre de toda contaminación, siendo nuestra responsabilidad procurar preservarla en el mismo estado.-

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín en uso de sus facultades, emite la presente

D    E   C   L   A    R   A    C    I    O    N

Artículo 1º.- REPUDIAR todo intento de excepción a la prohibición de llevar a cabo cualquier actividad minera metalífera  dentro de la Provincia conforme establece la Ley 5504.-

Artículo 2º.- Exigir al Gobierno de la Provincia y Legislatura Provincial, como Cabecera del Departamento Tehuelches, NO SE DE LUGAR al pedido de excepción a la prohibición establecida por Ley 5504 interpuesta por el Honorable Concejo Deliberante de Gobernador Costa mediante Declaración 017/06 HCD-GC de fecha 23/08/06.-

Artículo 3º.- Reiterase el concepto de PATAGONIA SIN CONTAMINACION PARA LAS FUTURAS GENERACIONES, que tanto se pregona.-

Art.4º) Regístrese, remítase copia al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Honorable Legislatura Provincial y al Sr. Gobernador de la Provincia, y cumplido ARCHIVESE.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria del día 02 del mes de  Noviembre  del año 2006, y Registrada bajo el Nro.027/2006 HCD-JSM = Acta Nº 24 /06 HCD.

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