DECLARACION Nº002-2026 DE BANCOS COMERCIALES

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

La ley XVI N° 46 de corporaciones municipales y la carencia de una sucursal, agencia o extensión operativa de un banco comercial en la localidad de José de San Martín y la imperiosa necesidad de los vecinos de acceder a servicios financieros de proximidad; 

CONSIDERANDO:

Que la localidad de José de San Martín carece actualmente de servicios bancarios presenciales, lo que obliga a la población a trasladarse a la localidad de Gobernador Costa para realizar trámites básicos, cobro de haberes y gestiones comerciales.

Que esta dependencia externa genera un fenómeno de descapitalización indirecta. Al verse obligados a trasladarse para retirar efectivo, los vecinos tienden a realizar sus compras de consumo en la localidad vecina, produciendo una fuga de divisas que debería circular en José de San Martín, asfixiando el crecimiento de nuestros comerciantes y emprendedores locales.

Que la falta de una entidad bancaria representa una barrera de exclusión financiera crítica para nuestros adultos mayores y beneficiarios de programas sociales. Muchos de ellos no cuentan con movilidad propia y deben enfrentar inclemencias climáticas extremas y costos de transporte adicionales, afectando su dignidad y el pleno goce de sus haberes.

Que la inexistencia de servicios bancarios locales obliga a ciudadanos y comerciantes al manejo y traslado de grandes sumas de efectivo por las rutas de la región. La instalación de una sucursal permitiría la bancarización de las transacciones, reduciendo los riesgos de inseguridad y siniestralidad vial asociados al transporte de caudales personales.

Que el crecimiento demográfico y la ubicación estratégica de José de San Martín justifican la presencia de, al menos, una dependencia del Banco del Chubut S.A. u otra entidad para dinamizar la economía regional.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE:

DECLARACION

ARTÍCULO 1°: DECLÁRESE de Interés Municipal, Social y Económico la gestión e instalación de una sucursal, delegación o agencia de un banco comercial en la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut.

ARTÍCULO 2°: SOLICÍTESE al Poder Ejecutivo Provincial y al Directorio del Banco del Chubut S.A. el pronto análisis de factibilidad para la apertura de una dependencia que brinde servicios de atención al público.

ARTÍCULO 3°: FACÚLTESE al Intendente Municipal a realizar las gestiones necesarias ante organismos públicos y privados, ofreciendo la colaboración del municipio en materia de logística, locación o beneficios impositivos locales para facilitar el asentamiento de la entidad.

ARTÍCULO 4°: REMÍTASE copia de la presente a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut y al Ministerio de Economía de la Provincia para su conocimiento y apoyo formal.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, Comuníquese al D.E.M, dese a publicidad y cumplido ARCHIVESE. 

DECLARACION N°002/2026; 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS 09 DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2026, REGISTRADA COMO DECLARACION N°002/2026. CONSTA EN ACTA N°005/2026 DEL LIBRO DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO. –

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