DECLARACION N°001-2016 EMERGENCIA HIDRICA

Honorable Concejo Deliberante

VISTO: 

           El art. 34 de la Ley Provincial XVII N° 88, y;

CONSIDERANDO:

                               Que el artículo mencionado dice que: “La Autoridad de Aplicación podrá solicitar al Poder Ejecutivo la declaración de la Emergencia Hídrica, por un lapso determinado, en zonas en las cuales por circunstancias climáticas extraordinarias, catástrofes naturales o accidentes tecnológicos, o cualquier otra contingencia, se requiera una administración especial del recurso hídrico.”.-

                                   Que esta Localidad viene sufriendo diversos inconvenientes en el suministro de agua, producto de la falta de perforaciones imprescindibles para dar cobertura a las necesidades de la población, sumado a la falta de mantenimiento de la cisterna existente, la que sufrió diversos daños que imposibilitan la utilización de la capacidad total de la misma.-

                                    Que los inconvenientes provocados por el fenómeno de la sequía hacen necesario que la Municipalidad de José de San Martín acuda en ayuda a pobladores rurales de la zona de El Molle y Mata Grande a quienes se les suministra el agua necesaria para el consumo humano y para el consumo de animales con una periodicidad semanal.-

                                     Que el contexto relatado hace imprescindible el dictado de medidas extraordinarias que resuelvan la emergencia y que sienten las bases para un futuro inmediato sin inconvenientes con este vital recurso.-                                   

POR ELLO:

                   EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JOSE DE SAN MARTIN, EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI Nº 46 SANCIONA LA PRESENTE 

DECLARACION

Artículo 1°.- Solicítese al Instituto Provincial del Agua que, en el marco de la Ley XVII N° 88, se evalúe la pertinencia técnica de una declaración de emergencia hídrica en la zona comprendida por el ejido de José de San Martín y la zona rural identificadas como El Molle y Mata Grande a los efectos que se prevea una administración especial del recurso hídrico.-

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese al Instituto Provincial del Agua, al Poder Ejecutivo Municipal y cumplido Archívese.- 

DECLARACION Nº 001/16 HCD-JSM.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EN SESION EXTRAORDINARIA DEL DIA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2016, Y REGISTRADA BAJO ACTA N° 001/16.-

Scroll al inicio