ORDENANZA Nº011-2015 DE ADICIONALES POLICIALES

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

            La Ordenanza Nº 023/2011HCD;MJSM y  

CONSIDERANDO:

            Que a los efectos de garantizar la integridad física de aquellos vecinos que participan y/o concurren a espectáculos o eventos de orden cultural, deportivo y social ya sea al aire libre o en espacios cerrados mediante la Ordenanza Nº 023/2011 se estableció un mínimo de cuatro (4) adicionales policiales como seguridad.

            Que los eventos que se realizan no son de la misma magnitud y es necesario implementar acciones tendientes al mantener el orden y seguridad de los ciudadanos.

            Que corresponde a la dependencia Policial analizar la cantidad de personal que se afectará por evento o actividad en la localidad.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46 SANCIONA LA PRESENTE:

ORDENANZA

Artículo 1°: Deróguese en su totalidad la Ordenanza Nº 023/2011

Articulo 2°: Establézcase que la cantidad de adicionales policiales quedará a criterio del Jefe de Comisaría quien regido por reglamento interno implementará la acción correspondiente, dependiendo de la magnitud del evento.

Articulo 3°: Establézcase que todo evento desarrollado en ámbitos cerrados o al aire libre que no cuente con presencia policial sea cancelado en forma inmediata.

Articulo 4°: Regístrese, comuníquese al DEM, Dese a difusión  y cumplido ARCHIVESE.

ORDENANZA Nº011/2015

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, A LOS 12 DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2015, REGISTRADA BAJO ACTA N°004/2015

Scroll al inicio