ORDENANZA Nº056-2015 DE ADJ DE TERRENO JUZGADO DE PAZ

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

           La nota remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal referente a solicitar la adjudicación de un predio de terreno en el cual se encuentra asentado el edificio del Juzgado de Paz de esta localidad, y 

CONSIDERANDO:

           Que es necesario determinar la superficie a otorgar para la regularización dominial del Juzgado de Paz.

           Que  a partir del otorgamiento del terreno se puede gestionar y programar la construcción de mejoras edilicias y así propiciar condiciones y  dimensiones que la institución demanda.

           Que debe dictarse el correspondiente instrumento legal.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE LA MUNICIPALIDAD DE LA LOCALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46 (ANTES 3098), SANCIONA LA PRESENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Adjudicar a titulo oneroso y gratuito al Superior Tribunal de Justicia del Poder Judicial de la Provincia de Chubut con destino a la oficina local del Juzgado de Paz y Registro Nacional de las Personas el terreno ubicado en la Manzana Nº 29, del Sector 1, Parte Solar B, parte Parcela 2, de 13,15 mts de frente a calle Belgrano por 20 mts de fondo, sobre la calle Ramón Díaz  con una superficie de 263 mts2,  con el objeto de regularizar la situación dominial y mejoras edilicias de la dependencia.

ARTICULO 2°: Deróguese en su totalidad la Ordenanza Nº 06/1980 HCD-MJSM.

ARTICULO 3°: Refrendan con su firma la presente ORDENANZA los miembros del Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín.

ARTICULO 4°: Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, al superior Tribunal de Justicia del Poder judicial de la Provincia de Chubut , al Juzgado de Paz y Registro de personas, y cumplido ARCHIVESE.

ORDENANZA N°056/2015

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS 28 DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2015, REGISTRADA BAJO ACTA N° 011/2015.

Scroll al inicio