ORDENANZA N°198-2015 GASTO DE REPRESENTACION
Honorable Concejo Deliberante

VISTO:
La Ley XVI N° 46 del Digesto Jurídico Provincial, el Boletín Oficial Nº 11769 publicado el 8 de Agosto de 2013 donde cita el Decreto Provincial Modificatorio del Decreto Nº 648/12 y;
CONSIDERANDO:
Que, la mencionada ley es de aplicación en la corporación municipal de la Localidad de José de San Martín por no contar ésta con carta orgánica.
Que, en el Inc. 2° del Art. 60 de la ley de visto establece que constituye atribuciones y deberes del Concejo, fijar los gastos de representación y/o dietas de los miembros electivos del Concejo Deliberante en los Municipios, no tendrán carácter remunerativo cuando su monto sea inferior a OCHO (8) días de viático establecidos para la máxima autoridad provincial.
Que en el boletín oficial se establece el monto a percibir por la máxima autoridad provincial fijada en $659 (pesos seiscientos cincuenta y nueve).
Que, debe dictarse el correspondiente instrumento legal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY XIVI- Nº 46; SANCIONA LA PRESENTE:
ORDENANZA:
Art. 1º: FIJAR como gastos de representación de los señores concejales de la Municipalidad de José de San Martín en la suma de pesos $4.613.00, (cuatro mil seiscientos trece), suma esta NO REMUNERATIVA.
Art.2º: Abónese el porcentual del 20% fijado para quien ocupe el cargo de presidencia, más el monto establecido en la presente ordenanza como gastos de representación.
Art. 3°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos a tesorería, cumplido archívese.
ORDENANZA Nº 198/2015 H.C.D.JSM.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, A LOS 17 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015. REGISTRADA BAJO ACTA NRO. 036/15.-
