ORDENANZA N°035-2013 RATIFICACION DE terminos de Resoluciones 213-2011a219-2011
Honorable Concejo Deliberante

VISTO:
Las resoluciones Nro: 213/2011; 213/2011(BIS); 214/2011; 215/2011; 216/2011;217/2011; 219/2011, y
CONSIDERANDO:
Que, por los citados instrumentos legales se procedió a designar como funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal, como: Secretario de Deportes al Sr. Rubén Andrés Painefilo, DNI: 21.969.567; Secretario de Cultura y Prensa al Sr. José Teodoro Gómez, DNI: 20.886.072; Secretaria de Hacienda a la Sra. María Fernanda Ulariaga, DNI:25.682.867; Secretaria de Desarrollo Social a la Sra. Adelina Guillermina Álvarez, DNI: 17.769.486; Secretaria de Turismo y Medio Ambiente a la Sra. Jessica Vanesa Coraza, DNI:24.974.701.
Que, por el Artículo 3° de cada Resolución se fijo el sueldo de cada Secretario en el 35% de los haberes determinados para el señor Intendente Municipal con asignaciones familiares y los aportes de ley.
Que, por Resolución N° 215/2011 se designó como Secretario de Gobierno de la Municipalidad de José de San Martín al Señor Jorge Baigorria, DNI: 16.717.744.-
Que, por el Artículo 3° de la citada Resolución se fijó el sueldo del mismo en el 55% de los haberes determinados para el Señor Intendente Municipal con asignaciones familiares y los aportes de ley.
Que, por Resolución N° 219/2011 se designó como Director de la Tercera Edad al Señor Marcelo Miguel Curzio, DNI: 12.616.900.-
Que, en el Articulo 3° de la citada Resolución se fijó el sueldo del mismo en el 25% de los haberes determinados para el señor intendente Municipal con asignaciones familiares y los aportes de Ley.-
Que el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Chubut ha requerido que todos los conceptos abonados deben ser Reglamentados por Ordenanza.
Que, conforme las razones expuestas y los argumentos esgrimidos es necesario ratificar en todo su contenido de los instrumentos legales del Visto y determinar el porcentaje que percibirá como sueldo cada Secretario y Directores del Area del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que ha sido tratado en el seno de este Honorable Concejo Deliberante y no habiendo objeciones se debe dictar el correspondiente instrumento legal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Ratificar en todo su contenido las Resoluciones N°2013/2011; N°213/2011 (BIS); N° 214/2011; N°215/2011; N°216/2011; N°217/2011; N°219/2011; referentes a la fijación de los sueldos del Secretario de Gobierno en el 55%, y como sueldo del resto de los Secretarios del departamento Ejecutivo de la Municipalidad de José de San Martín en un 35% y como sueldo de Director el 25% de los haberes determinados para el Intendente Municipal con mas las Asignaciones Familiares, y los Aportes de Ley, conforme los considerandos que anteceden.-
ARTICULO 2°: Determinar como sueldo del Secretario de Gobierno de la Municipalidad de José de San Martín el 55%, y como sueldo del resto de los Secretarios del departamento Ejecutivo de la Municipalidad de José de San Martín en un 35% y como sueldo de Director de Área en un 25% de los haberes determinados para el Intendente Municipal con mas las Asignaciones Familiares, y todo otro concepto que especifique la normativa vigente y los Aportes de Ley, conforme los considerandos que anteceden.-
ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y cumplido archívese.-
ORDENANZA N°035/2013
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN SESIÓN ORDINARIA A LOS 26 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013. REGISTRADO BAJO ACTA N°022/2013
