ORDENANZA N°113-2013 ADHESION A RESOLUCION 09-2013 HCD CORCOVADO.

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

            La Resolución N° 09/2013 remitida por el Honorable Consejo Deliberarte de la Municipalidad de Corcovado, y   

CONDIDERANDO:

             Que en la misma se defiende el derecho al libre acceso de toda la población a las riberas de los cursos y espejos de agua manteniendo una franja de tierra paralela a la costa de un ancho no menor  a 35 (treinta y cinco) metros del punto de mayor crecida, mas allá del motivo que lleve a las personas a acercarse a esos cursos o espejos de agua.

              Que promueve que los espacios mencionados en el artículo precedente se destinen a la protección del medio ambiente y de los ecosistemas naturales.

                Que se solicita a los Diputados Nacionales por la Provincia del Chubut su voto y su intervención en los debates sobre las reformas del actual Código Civil de la Nación, para que no sean alteradas las actuales condiciones de accesibilidad a las riberas. 

                 Que se remite a los Honorables consejos deliberante de la provincia para su conocimiento y posterior a adhesión a la postura de defender el libre acceso de todos los habitantes a las riberas. 

             Que corresponde dictar el correspondiente instrumento legal.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE  LA MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULATDES LEGALES QUE LE OTORGA LA LEY XVI N°46 SANCIONA LA PRESENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Adhiérase en su totalidad a la Resolución N° 09/2013 del Honorable Consejo Deliberante de la Municipalidad de Corcovado.

 ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipalidad, al Honorable Consejo Deliberante de la Municipalidad de Corcovado,  y cumplido archívese.-

ORDENANZA N°113/2013

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD  DE JOSE DE SAN MARTIN, EN SESION ESPECIAL DEL DIA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013, REGISTRADA BAJO ACTA N°037/2013; HCD.

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