ORDENANZA N°034-2012 PRESUPUESTO 2013
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
El calculo de Recursos y Presupuesto General de Erogaciones para el Ejercicio 2013, Presentado por el Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que se han tenido en cuenta las disposiciones Reglamentarias que rigen las posibilidades de ingresos y las necesidades de la Comunidad.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N° 46 SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Estimase en la cantidad de Pesos: Quince Millones Doscientos Ochenta y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con Noventa y Nueve Centavos ($15.287.842,99) el calculo de Recursos para el Ejercicio 2.013 de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, conforme a Planilla Anexa N° I.——————————————————————————————-
ARTICULO 2°: Fijase en la cantidad de Pesos: Quince Millones Doscientos Ochenta y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con Noventa y Nueve Centavos ($ 15.287.842,99) el calculo del Presupuesto de Erogaciones para el Ejercicio 2.013 de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, conforme a Planilla Anexa N° II.—————————————————-
ARTICULO 3°: Como consecuencia de lo establecido en los Artículos precedentes, estimase el Balance Financiero preventivo, cuyo detalle figura en la Planilla Anexa N° III, que forma parte integrante de la presente Ordenanza;
RECURSOS $ 15.287.842,99
EROGACIONES $ 15.287.842,99
ARTICULO 4°: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer de las reestructuraciones que considere necesarias, dentro del total de erogaciones fijadas en el ARTICULO 2° con las siguientes limitaciones: El crédito para Trabajos Publicose no podrá transferirse a ningún otro destino.-
ARTICULO 5°: Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de recursos y/o financiamientos afectados, deberá ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad a las cifras realmente recaudadas y no podrá transferirse a otro destino, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal facultado para reestructurar el Presupuesto, incorporando los aportes que con destino específicos realicen Organismo Nacionales y/o Provinciales.-
ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
ORDENANZA N° 034/2012.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, PROVINCIA DEL CHUBUT, EN SESION ORDINARIA DEL DIA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012, Y REGISTRADA BAJO ACTA N° 033/2012.
