ORDENANZA N°036-2012 MODIFICACION. REGL. DE VIATICOS
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La Ordenanza N° 006/2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la misma se aprobó el Reglamento para compensaciones de viáticos y movilidad para Funcionarios y Personal de la Municipalidad de José de San Martín.
Que, es necesario subsanar y regular observaciones realizadas por el Superior Tribunal de Cuentas en las rendiciones mensuales de este Municipio, dado que no se contempla el pago del día completo cuando el agente regresa pasado las 22 hs.
Que, se debe dictar el correspondiente Instrumento Legal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N° 46 SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Modifíquese el Anexo I del Reglamento de viáticos y movilidad en su ARTICULO 2° donde establece “Los Viáticos se liquidaran de la siguiente manera:
- DIA COMPLETO:
Corresponder liquidar el día completo si el agente pernocta en el lugar de destino de la comisión, entiéndase por pernoctar, pasar la noche en el lugar referido entre las (22) horas y seis (6) horas del día de regreso. Y tratándose del segundo día de comisión aun cuando no pernoctare, y regrese a la Localidad después de la 22 hs.
Si el agente no pernocta y regresa antes de las 22 hs. se liquidara medio día”.-
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.-
ORDENANZA N°036/2012.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, PROVINCIA DEL CHUBUT, EN SESION ORDINARIA DEL DIA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012, Y REGISTRADA BAJO ACTA N° 033/2012.
