ORDENANZA N°038-2012- OBRA INVERNACULO
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La nota presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma se solicita la aprobación de Convenio Aporte NO REINTEGRABLE: “OBRA CONSTRUCCIÓN INVERNACULO”, siendo el mismo elevado adjunto a la nota.-
Que, de ser firmado entre la Secretaria de infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos, representada por el Ingeniero Pablo Antonio PUNTA y el Intendente Municipal Don Vicente Esteban Duñabeitia para la obtención de un Aporte de Pesos Cuatrocientos Mil ($400.000,00), y
Que, habiéndose dado tratamiento en el Seno de este Cuerpo, no existen Objeciones para acceder a lo solicitado.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N° 46 SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Apruébese íntegramente el Convenio suscripto entre “La Secretaria” representada por el Sr. Secretario de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos Ingeniero Pablo Antonio Punta y “La Municipalidad” de José de San Martín representada por el Intendente Municipal Sr. Don Vicente Esteban Duñabeitia en relación a la denominada “OBRA CONSTRUCCIÓN INVERNACULO”.-
ARTICULO 2°: IMPUTESE el gasto a la Cuenta y/o Partida Obras Publicas.-
ARTICULO 3°: Refrendan con su firma la presente ORDENANZA los miembros del Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín.-
ARTICULO 4°: Regístrese, comuníquese, y cumplido archívese.-
ORDENANZA N° 038/2012.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, PROVINCIA DEL CHUBUT, EN SESION ORDINARIA DEL DIA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012, Y REGISTRADA BAJO ACTA N° 033/2012.
