ORDENANZA N°017-2009 NI BUS 19 MAS 1

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

         El Contrato de Sub préstamo firmado entre el Ejecutivo Municipal, la provincia del Chubut y la Unidad Ejecutora Provincial ( E.U.P. ), tendiente a la ejecución del Proyecto de Inversión denominada “ADQUISICIÓN DE UN MINI BUS CON CAPACIDAD PARA DIECINUEVE ASIENTOS MAS UNO” , y

CONSIDERANDO:

          Que el Monto objeto del préstamo asciende a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS ( U$S 56.700,00 ), equivalente al NOVENTA ( 90 % ) POR CIENTO del gasto total del proyecto, debiendo aportar la corporación Municipal el restante DIEZ ( 10 % ) POR CIENTO del gasto elegible del proyecto,

          QUE A LOS FINES DEL DEPÓSITO DE LOS FONDOS COMPROMETIDOS LA Municipalidad queda obligada a la apertura de una Cuenta Bancaria Especial a dicho efecto.-

POR ELLO:

           El Concejo Deliberante de la Corporación Municipal de General José de San Martín, en uso de las facultades que le confiere la Ley sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- APRUEBASE el Contrato de Sub Préstamo suscripto entre la Corporación Municipal, el Ejecutivo Provincial y la Unidad Ejecutora Provincial ( U.E.P. ) en relación a la ejecución del proyecto de inversión denominado “ADQUISICIÓN DE UN MINI BUS CON CAPACIDAD DE 19 ASIENTOS MAS UNO”, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todos los tramites y gestiones inherentes a la realización de la compra. Si fuere menester solicitar presupuestos, seleccionar marca, acordar precio y formalizar la operación; quedando autorizado a la firma de toda documentación correspondiente ante la Unidad Ejecutora Provincial y/o Ministerio de Economía y Crédito Público de la Provincia.-

Artículo 2º.- AUTORIZASE al Ejecutivo Municipal a la apertura de una cuenta especial en el Banco del Chubut S.A. , efectuar allí pagos y/o depósitos, sean por capital o intereses, contratar los servicios y suministros previstos en el Contrato firmado, hacer delegación de facultades a favor de la Unidad Ejecutora Provincial y emitir orden de compra por cuenta y orden Municipal.-

Artículo 3º.- Refrendan con su firma la presente ORDENANZA los miembros integrantes del Concejo Deliberante de la localidad de General José de San Martín.-

Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHIVASE.-

ORDENANZA NRO 17/09 C.D.M.J.S.M.

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