ORDENANZA N°017-2009 NI BUS 19 MAS 1
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
El Contrato de Sub préstamo firmado entre el Ejecutivo Municipal, la provincia del Chubut y la Unidad Ejecutora Provincial ( E.U.P. ), tendiente a la ejecución del Proyecto de Inversión denominada “ADQUISICIÓN DE UN MINI BUS CON CAPACIDAD PARA DIECINUEVE ASIENTOS MAS UNO” , y
CONSIDERANDO:
Que el Monto objeto del préstamo asciende a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS ( U$S 56.700,00 ), equivalente al NOVENTA ( 90 % ) POR CIENTO del gasto total del proyecto, debiendo aportar la corporación Municipal el restante DIEZ ( 10 % ) POR CIENTO del gasto elegible del proyecto,
QUE A LOS FINES DEL DEPÓSITO DE LOS FONDOS COMPROMETIDOS LA Municipalidad queda obligada a la apertura de una Cuenta Bancaria Especial a dicho efecto.-
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Corporación Municipal de General José de San Martín, en uso de las facultades que le confiere la Ley sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- APRUEBASE el Contrato de Sub Préstamo suscripto entre la Corporación Municipal, el Ejecutivo Provincial y la Unidad Ejecutora Provincial ( U.E.P. ) en relación a la ejecución del proyecto de inversión denominado “ADQUISICIÓN DE UN MINI BUS CON CAPACIDAD DE 19 ASIENTOS MAS UNO”, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todos los tramites y gestiones inherentes a la realización de la compra. Si fuere menester solicitar presupuestos, seleccionar marca, acordar precio y formalizar la operación; quedando autorizado a la firma de toda documentación correspondiente ante la Unidad Ejecutora Provincial y/o Ministerio de Economía y Crédito Público de la Provincia.-
Artículo 2º.- AUTORIZASE al Ejecutivo Municipal a la apertura de una cuenta especial en el Banco del Chubut S.A. , efectuar allí pagos y/o depósitos, sean por capital o intereses, contratar los servicios y suministros previstos en el Contrato firmado, hacer delegación de facultades a favor de la Unidad Ejecutora Provincial y emitir orden de compra por cuenta y orden Municipal.-
Artículo 3º.- Refrendan con su firma la presente ORDENANZA los miembros integrantes del Concejo Deliberante de la localidad de General José de San Martín.-
Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHIVASE.-
ORDENANZA NRO 17/09 C.D.M.J.S.M.
