ORDENANZA N°021-2009 PROHIBICIÓN ADJUDICACION DE TERRENO MANZANZA 10

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

        La decisión tomada por los dos bloques del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, y

CONSIDERANDO:

        Que el problema de la calle Sarmiento es subsanable en el tiempo a través de la obra de drenaje, y que los terrenos en la Manzana 10 del Sector 1 lotes C y  C1, Parcelas 4 y 5  cuasi parcelas 10 y 11 se encuentran con gran humedad.-

POR ELLO:

         El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI, Nro 46 sanciona la presente.-

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- PROHIBIR todo tipo de adjudicación de tierras para cualquier tipo de construcción y sin excepción en la manzana 10, Sector 1, Lotes C y C1, Parcela 4 y5, Causi parcelas 10 y 11 sobre las calle Sarmiento y Chubut.-

Artículo 2º.- La mencionada prohibición queda sin efecto el día siguiente a la culminación de la Obra denominada, Drenaje de la Calle Sarmiento.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archivase.-

POR LO TANTO: El Intendente de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le son propias Promulga la presente Ordenanza registrada bajo Nro 21/09   

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