ORDENANZA N°013-2008 CONVENIO DE 40 INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE GAS

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 13

VISTO:

        El Convenio firmado entre la Municipalidad y la Pcia. del Chubut tendiente a la ejecución de la obra denominada “CUARENTA ( 40 ) INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE GAS” y

CONSIDERANDO:

        Que el Monto comprometido por la Pcia. del Chubut para la realización de esta obra es de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ( $ 180.000,00)

        Que la ejecución de la misma puede concretarse por administración propia o a través de terceros.-

        Que en caso de encomendarse su realización a terceros, en virtud del monto y según el régimen legal vigente corresponde efectuar Concurso de precios.-

POR ELLO:

         El Honorable Concejo Deliberante de la Corporación Municipal de General José de San Martín, en uso de las facultades que le confiere la Ley sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- APRUEBASE  de manera general el Contrato de Realización de Obra suscripto entre la Corporación Municipal y el Gobierno Provincial tendiente a la realización de la obra “ 40 Conexiones Domiciliarias de Gas”, por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ( $ 180.000,00 ),  AUTORIZANDO al Departamento Ejecutivo Municipal a proyectar y ejecutar los trabajos íntegros y conducentes para la concreción y realización de la obra, sea por administración propia o a través de terceros, quedando facultado en este caso a efectuar Concurso de Precisos por mano de obra con o sin provisión de materiales, adjudicar, formalizar contratación, inspeccionar, certificar trabajos y realizar pagos, como también a realizar la compra de los materiales hasta la total provisión de los mismos si fuere necesario.-

Artículo 2º.- IMPUTESE el gasto que demande esta obra a la Partida Principal Obra Pública.-

Artículo 3º.- Refrendan con su firma la presente ORDENANZA los miembros integrantes del Concejo Deliberante de la Localidad de General José de San Martín.-

Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese, y cumplido Archivase.-

ORDENANZA Nº 013/08 M.J.S.M.

POR LO TANTO: El Intendente de la Corporación Municipal de General José de San Martín, Pcia. del Chubut, en uso de las facultades que le son propias PROMULGA a la presente como ORDENANZA registrada bajo el Nº 013/08 M.G.J.S.M. Firmada en su público despacho marzo 08 de 2008

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