ORDENANZA N°010-2007 PROYECTO PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y RECURSOS

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 10

VISTO:

        El Proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2007, y

CONSIDERANDO:

        Que se han tenido en cuenta las disposiciones reglamentarias que rigen la materia, las posibilidades de Ingresos y las necesidades administrativas y de la Comunidad.-

POR ELLO:

        El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- fijase en la suma de pesos CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON CINCUENTA Y CINCO VENTAVOS ( $ 4.525.487,55 ), el total de erogaciones del Presupuesto General de la Municipalidad de José de San Martín, para el ejercicio 2.007, que detallan las planillas anexa Nro 1 y Nro 2, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 2º.- Estimase en la suma de pesos CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y COETE CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ( $ 4.525.487,55 ), el total de Cálculo de Recursos destinado a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º de acuerdo al detalle que figura en la planilla anexa Nro 3, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones que considere necesarias, dentro del total de erogaciones fijadas en el artículo 1º con las siguientes limitaciones:

  1. El crédito para Trabajos Públicos no podrá transferirse a ningún oro destino.-

Artículo 4º.- Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de Recursos y/o financiamientos afectados, deberán ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas y no podrán transferirse a ningún otro destino, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal, facultado para reestructurar el presupuesto, incorporando los aportes que con destino especifico realicen Organismos Nacionales o Provinciales.-

Artículo 5º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, cumplido Archivase.-

                    Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 16 días del mes de Agosto  del año dos mil siete.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 10/07

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