ORDENANZA N°017-2007 AUTORIZACIÓN DE VENTA DE ARIDOS

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 17

VISTO:

         La Nota 197/07 Municipalidad de José de San Martín, y

CONSIDERANDO:

         Que mediante la misma, el Ejecutivo Municipal solicita se autorice a la Municipalidad local a la venta de áridos  ( arena mezclada ) a las empresas que próximante darán inicio a los trabajos  de 60 ( sesenta ) mejoramientos habitacionales y la que procederá a la construcción de 43 ( cuarenta y tres ) viviendas ( Plan Federal II y Madres Solteras ) en la localidad,

         Que el pedido de autorización se fundamenta ante el volumen de material que será necesario para  tal fin y la imposibilidad evidente que los particulares que se dedica a este tipo de tareas no puedan cubrir la demanda,

         Que habiéndose analizado en el Seno de este Cuerpo y con el objeto de no entorpecer el avance a futuro de las obras precitadas se estima necesario acceder a lo solicitado.-

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a la venta necesarios para cubrir la demanda que se genera al inicio de las obras a llevarse a cabo en la localidad por parte de las empresas que tendrán a su cargo los 60 ( SESENTA ) mejoramientos habitaciones y la construcción de 43 ( CUARENTA Y TRES ) viviendas cuando la falta de capacidad de oferta de particulares así lo determinen, para permitir  el avance de las obras precitadas.-

Artículo 2º.- A tal efecto la Municipalidad de José de San Martín deberá facilitar a los particulares del rubro las herramientas necesarias para descarpe, movimientos de áridos, etc. Con el fin de no ocasionar perjuicio a los mismos procurando a su vez que estos puedan llevar adelante su trabajo de la mejor manera y con el mayor beneficio.-

Artículo 3º.- El producido de tal operación deberá ingresar a Rentas Generales.-

Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y cumplido, Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 01 del mes de Noviembre del año dos mil siete.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le son propias Promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 17/07.-  

Scroll al inicio