ORDENANZA N°009-2006 TRANSFERIR AL I.P.V. LAS MANZANAS 30 Y 31 SECTOR 2

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 09

VISTO:

         La Nota Nro 107/06 Municipalidad de José de San Martín, y

CONSIDERANDO:

         Que el Departamento Ejecutivo Municipal solicita sean tranferidas al Instituto provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia las Manzanas 30 y31 del Sector 2 de la localidad debidamente mensuradas mediante Ordenanza,

         Que en las parcelas de las mencionadas manzanas se construirán las 32 viviendas del Plan Federal de Viviendas que corresponden a la localidad,

         Que este Cuerpo Legislativo Municipal no tiene objeciones en proceder a transferir al I.P.V. y D. U. los terrenos en cuestión.-

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Disponer se transfieran al I.P.V. y D.U. de la Provincia del Chubut con asiento en la ciudad de Rawson, las parcelas de terreno de las Manzanas 30 y 31 del Sector 2 debidamente mensuradas, para construcción de las 32 viviendas del Plan Federal de Viviendas que corresponden a nuestra localidad siendo requisito indispensable de dicho Organismo Provincial contar con terrenos mensurados.-

Artículo 2º.- Agregase como anexo a la presente, croquis ilustrativo de las Manzanas respectivas.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y demás efectos y cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión ordinaria del día 01 del mes de Junio del año dos mil seis.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades que le son propias, Promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 09/06.-

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