ORDENANZA N°029-2005 PROYECTO PRESUPUESTO DE GASTOS Y RECURSOS
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 29
VISTO:
El Proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2.005, y
CONSIDERANDO:
Que se han tenido en cuenta las disposiciones reglamentarias que rigen la materia, las posibilidades de ingresos y las necesidades administrativas y de la comunidad.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Fijase en la suma de Pesos CUATRO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ( $ 4.066.343,47 ) el total del Presupuesto General de Gastos de la Municipalidad de José de San Martín, para el ejercicio 2.005 que detallan las planillas anexas Nro 1 y 2, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
Artículo 2º.- Estimase en la suma de Pesos CUATRO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ( $ 4.066.343,47 ) el total de erogaciones a que se refiere el artículo 1º de acuerdo al detalle que figura en la planilla anexa Nro 3, que forma parta integrante de la presente Ordenanza.-
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, podrá disponer las reestructuraciones que considere necesarias, dentro del total de erogaciones fijadas en el artículo 1º con las siguientes limitaciones:
- El crédito para trabajos Públicos no podrá transferirse a ningún otro destino.-
Artículo 4º.- Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de recursos y/o financiamiento afectados, deberá ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas y no podrá transferirse a ningún otro destino, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal, facultado para reestructurar el presupuesto, incorporando los aportes que con destino especifico, realicen organismos Nacionales o Provinciales.-
Artículo 5º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 06 días del mes de Julio del año dos mil cinco.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 29/05.-
