ORDENANZA N°21-2004 DONACIÓN DE TIERRA CONSTRUCCIÓN 3 VIVIENDAS POLICIA
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 21
VISTO:
La Nota Nro 124/04 Municipalidad de José de San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma el Departamento Ejecutivo Municipal solicita se vea la posibilidad adjuntar en carácter de donación y sin restricciones a la policía de la Provincia del Chubut distintos terrenos, para ser destinados a la construcción de viviendas para el Personal Policial de esta localidad,
Que referidos terrenos ( 3 ) se encuentran libres de ocupación y fueron previamente reservados con tal fin ( RESOLUCION 09/04 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE – CATASTRO),
Que este Cuerpo previo tratamiento no tiene objeciones al respecto.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adjudicase en carácter de DONACION y SIN RESTRICCIONES a la Policía de la Provincia del Chubut – Comisaría Distrito Local los terrenos que a continuación se detallan para ser destinados a la construcción de TRES ( 3 ) viviendas para el personal Social a través del IPV y DU.-
Artículo 2º.- Referidos terrenos serán eximidos del pago de impuestos, tasas y construcciones Municipales hasta TREINTA ( 30 ) días posteriores a la finalización y/o entrega de las viviendas a su beneficiario.-
Artículo 3º.- Los terrenos a saber son:
1.- PARCELA 15 de la Manzana 24 Sector 2 José de San Martín.-
2.- PARCELA 14 de la Manzana 25 Sector 2 José de San Martín.-
3.- PARCELA 11 de la Manzana 25 Sector 2 José de San Martín.-
Artículo 4º.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de su promulgación, comuníquese y cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 15 del mes de Julio del año dos mil cuatro.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades promulga la presente Ordenanza bajo el Nro 21/04.-
