ORDENANZA N°34-2004 INCREMENTO TARIFARIO TAXIS Y REMISES
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 34
VISTO:
Las Ordenanzas nro 17/98 y 20/98 Municipalidad de José de San Martín, que regulan los servicios públicos para transporte de personas bajo el rubro REMIS TAXIS respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que en referidas normas legales, se encuentran establecidas las tarifas permitidas para los distintos servicios,
Que existe un pedido formal para que se autorice un aumento de las mismas, ante el encarecimiento del mantenimiento de los rodados en condiciones para cumplir satisfactoriamente con el servicio,
Que previa reunión mantenida con prestadores y habiéndose arribado a un punto de coincidencia, este Cuerpo Legislativo Municipal estima justificado el reclamo, no existiendo objeciones para acceder a lo peticionado.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Derogase los artículos 25º y 45º de las Ordenanzas 17/98 y 20/98 Municipalidad de José de San Martín, respectivamente mediante los cuales se fijan tarifas de los distintos servicios de REMISES Y TAXIS de la localidad.-
Artículo 2º.- A partir de la promulgación de la presente, establézcase como tarifa autorizada para los servicios de REMIS y TAXIS respectivamente los siguientes valores:
- Dentro del ejido urbano: $ 2,00 (Pesos dos )
- Desde José de San Martín a Gobernador Costa: $ 7,00 ( Pesos siete )
- En zona rural camino de tierra por Km recorrido $ 1,40 ( Pesos uno cuarta )
Artículo 3º.- Téngase a la presente Ordenanza como complementaria de similares 17 y 20/98 Municipalidad de José de San Martín, en sus artículos correspondientes que serán suplidos por la presente.-
Artículo 4º.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, cumpliméntese y archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 25 del mes de Noviembre del año dos mil cuatro.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades que le son propias Promulga la presente, Ordenanza registrada bajo el Nro 34/04.-
