ORDENANZA N°24-2002 APERTURA DE CUENTA ALBERGUE ESTUDIANTIL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 24/02

VISTO:

         La Nota Nro 190/02 Municipalidad de José de San Martín, y

CONSIDERANDO:

         Que a través de la misma el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la correspondiente autorización para llevar a cabo la apertura de una cuenta en el Banco del Chubut S. A.,

         Que la misma sería bajo la denominación “Albergue Estudiantil” con la finalidad de decepcionar los fondos para financiar la obra aludida precedentemente el edificio ex Hospital Rural en el marco del programa denominado “Pequeña Obra Pública”,

          Que habiéndose dado tratamiento en el Seno de este Cuerpo no existen objeciones al respecto.-

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades que le confiere la Ley 3098 sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la apertura de una cuenta corriente en Banco del Chubut S.A. bajo la denominación “Albergue Estudiantil” con el objeto de la recepción de fondos para financiar la obra respectiva.

Artículo 2º.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y demás efectos, cumpliméntese y archivase.-

                          Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 24 del mes de Octubre del año dos mil dos.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de las facultades que le son propias, Promulga la presente Ordenanza Nro 24/02

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