ORDENANZA N°17-2001-DESAFECTAR DE DOMINIO PUBLICO PARCELA 5

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 17/01

VISTO:

          La necesidad de desafectar del Dominio Público tierras situadas en parcela 5 del Lote 43 Sector 1 de la localidad, y

CONSIDERANDO:

          Que tal circunstancia se fundamenta con el fin de posibilitar continuidad trámites mensura e inscripción en el registro Catastral,

          Que es preocupación e intención del Municipio dar utilidad a terrenos fiscales desocupados que se hallan dentro del ejido Municipal,

          Que es facultad del Cuerpo adoptar tal determinación.-

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Desaféctase del Dominio Público y declarase de utilidad pública las tierras que en una superficie de Mts 2 27854,33 se encuentran situadas en Parcela 5 del Lote 43 del Sector 1 del ejido Municipal de José de San Martín y que figuran en plano de Mensura identificado como Expte Nº p-188-01 y destinase a localización, deslinde y fraccionamiento de nuevas manzanas y calles de servidumbre.-

Artículo 2º.- Derogase a partir de la promulgación de la presente, toda norma anterior que se oponga en todo o en parte a la misma.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos y cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión ordinaria del día 13 del mes de Septiembre del año dos mil uno.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades, Promulga l presente Ordenanza bajo el Nro 17/01.-

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