ORDENANZA N°23-1999-CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y WALTER INDA

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 23/99

VISTO:

         El Convenio suscripto, entre el Municipio de José de San Martín, a través de su Intendente, Dn, Juan B. Baigorria, y el Sr. Inda Walter, y 

CONSIDERANDO:

         Que el mismo se suscribe con la finalidad de Otorgar en Concesión, el Sr. Inda, la prestación y Explotación del Servicio del Matadero Municipal,

         Que asimismo, se dejan estipuladas las Cláusulas, que hacen al Compromiso asumido, por la parte de conformidad,

         Que el Convenio mencionado, fue suscripto Ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante,

         Que habiéndose considerado en el Seno de este Cuerpo, no existe impedimento, para su respectiva aprobación.-

POR ELLO:

         El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Apruébese y ratificase, en todos sus términos, el Convenio suscripto, entre el Municipio de José de San Martín, representado por su Intendente. Dn Juan B. Baigorria y el Sr. Walter Inda D.N.I.Nº 27.775.537.-

Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, Cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 22 días del mes de Noviembre del año mil novecientos noventa y nueve.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nº 23/99.- 

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