ORDENANZA N°03-1998-MANZANA 59 FUTURO GIMNASIO MUNICIPAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 03/98

VISTO:

         La ordenanza Nro 25/88

CONSIDERANDO:

         Que mediante la misma se destinaba al Solar A y parte de la B, de la manzana Nro 05, en la construcción del Gimnasio,

         Que de acuerdo a las evaluaciones realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, resulta conveniente modificar el lugar de emplazamiento de la futura construcción del Gimnasio Municipal, por no reunir el actual terreno, las dimensiones y ubicación adecuada, de acuerdo al proyecto elaborado,

          Que no existe inconveniente para acceder a lo solicitado.

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Deróguese al art. 3º de la ordenanza nro 25/88.-

Artículo 2º.- Afectase la totalidad de la Manzana Nro 59 del ejido Municipal, para la construcción del futuro Gimnasio Municipal.-

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese y cumplido archivase.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 03/98.-

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