ORDENANZA N°03-1998-MANZANA 59 FUTURO GIMNASIO MUNICIPAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 03/98
VISTO:
La ordenanza Nro 25/88
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se destinaba al Solar A y parte de la B, de la manzana Nro 05, en la construcción del Gimnasio,
Que de acuerdo a las evaluaciones realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, resulta conveniente modificar el lugar de emplazamiento de la futura construcción del Gimnasio Municipal, por no reunir el actual terreno, las dimensiones y ubicación adecuada, de acuerdo al proyecto elaborado,
Que no existe inconveniente para acceder a lo solicitado.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Deróguese al art. 3º de la ordenanza nro 25/88.-
Artículo 2º.- Afectase la totalidad de la Manzana Nro 59 del ejido Municipal, para la construcción del futuro Gimnasio Municipal.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese y cumplido archivase.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 03/98.-
